La empresa se coloca en una posición singular cuando fallece su titular, en el caso poco frecuente, de que se trate de un empresario individual. Se expone así a dos riesgos distintos:
Ver paralizada su administración y funcionamiento hasta que se hagan cargo de ella el sucesor o sucesores del titular fallecido o sus representantes.
O que se disuelva, liquide o disgregue la empresa, al atribuir sus distintas partes integrantes a una pluralidad de sucesores. ¿Cómo puede conseguirse la continuidad
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