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Artículo original, que fue 'editado' para su publicación en retina.elpais.com (con modificaciones y supresiones en rojo) El derecho al honor, la intimidad y la propia imagen en las redes sociales. El Tribunal Supremo acaba de publicar una sentencia, que es muy interesante, porque hay poca jurisprudencia todavía sobre el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen en el entorno de las redes sociales. Antes de nada hay que aclarar que no es, como se ha dicho, una sentencia sobre los
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Artículo publicado en retina.elpais.com El Tribunal Supremo (TS) acaba de publicar una  sentencia que resulta interesante por la falta de jurisprudencia existente al respecto. Trata sobre un caso en el que, a través de Twitter, se hacen comentarios sarcásticos acerca de una persona (derecho al honor), se dan datos sobre su salud (derecho a la intimidad) y se redifunden fotografías suyas (derecho a la propia imagen). Los hechos Un empleado de una empresa municipal de Madrid se dio de baja por e
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El presente trabajo reconoce su partida de nacimiento en la idea central de que el derecho penal se podría mejorar notablemente si se integrase la restauración. Parece ser que somos conscientes de que hablar de Justicia resulta cuanto menos complejo. El significado del término cambia de acuerdo al ámbito o enfoque que se le quiera otorgar, es decir, no es lo mismo hablar de Justicia en el ámbito social, que Justicia en el ámbito del derecho, y esto sólo por poner el ejemplo más trillado, ya que dentro del primero de los conceptos podríamos ubicar a la Justicia distributiva, conmutativa, etc., mientras que en el último ámbito podemos encontrarnos con la Justicia retributiva, restaurativa, transicional.

En mi caso voy a centrarme sobre la Justicia Penal, con lo cuál el trabajo para definir el concepto de Justicia se facilita mucho, acudo a Carnelutti para traer el primero de los conceptos básicos que se debe tener en cuenta a lo largo de toda la lectura del presente libro: «…el Código Penal se hizo para conseguir que los ciudadanos se abstengan de ciertos actos que se consideran gravemente nocivos para el bien común y realicen cierto otros actos que son necesarios para ese mismo bien común.» (Carnelutti, 2006a: 12). Se puede afirmar que hay consenso generalizado en considerar que la Justicia Penal se puede mejorar, ello significa reconocer que el Derecho Penal no es Integro, en otras palabras, que carece de algo. El derecho penal es, por definición, retributivo, vale decir que en nombre del interés púbico impone sanciones a través del instituto de la pena. En casi todos los ordenamientos jurídicos se le reconoce a la víctima cierto grado de participación, más o menos amplio, según el país del que se trate las facultades procesales pueden llegar a ser realmente amplias, como lo es en el caso de Argentina. Así las cosas, se verifica un desplazamiento del interés oficioso público hacia el interés de la víctima que se ubica en el ámbito del derecho privado y que opera a través del instituto de la reparación en todas aquellas consecuencias dañosas del delito que son susceptibles de ser valoradas económicamente, cuantificadas y consecuentemente resarcidas. Sin embargo, no menos cierto es que hay una amplia categoría de consecuencias dañosas del delito que no siendo susceptibles de ser resarcidas económicamente no reciben la atención del derecho penal ni de su gemelo el derecho civil, y ello es lo que otorga partida de nacimiento a las prácticas restaurativas (o restauradoras). «¿A qué se debe que se piense en que el derecho penal no es Integro y que es posible mejorarlo?», pues bien, por un lado porque: 
 La Justicia Penal soluciona el litigio, poniéndole punto final con una resolución o sentencia judicial, pero deja vivo al «conflicto» (aunque técnicamente corresponde hablar de «consecuencias del conflicto», como ya veremos más adelante), y Porque la víctima, como parte del «conflicto», no tiene el grado de participación que necesita para sentirse reparada. Partiendo de la idea de que la justicia penal es perfecta en cuanto a la gestión del litigio, y con la profunda convicción de que se puede mejorar si considerásemos incluir la gestión del conflicto (que puede realizarse dentro del marco del proceso penal vinculado a él como un procedimiento más de éste, ya veremos cómo y en qué condiciones), el resultado de esta fórmula no sería otro que la Integridad de la Justicia Penal.
 Ahora bien, si como he dicho los aspectos de los que carece la Justicia Penal son la gestión del conflicto y la participación de la víctima como actor del mismo, la pregunta que se sigue es: «¿Cómo y de qué manera integramos estos elementos en la Justicia Penal?». A priori alguien podría pensar que esta propuesta no tiene nada en absoluto de novedosa y que ya se ha hecho, pues en los ordenamientos jurídicos existen la conformidad (España), la probation (Argentina), los procesos de la denominada Justicia Restaurativa o Transicional en algunos contados casos, sin embargo, me permito afirmar que ninguno de todos esos procesos contemplan tanto al «conflicto» como a la víctima (ya veremos el rol que ocupa la sociedad) en la dimensión que propongo.
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Otros servicios que ofrecemos
10/27/2017
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» DERECHO CIVIL Somos expertos en todo lo que se refiere a contratos civiles, reclamaciones de cantidad, arrendamientos urbanos, derecho inmobiliario y vivienda, derecho de la propiedad y derechos sobre el honor, intimidad y propia imagen. » DERECHO BANCARIO Le asesoramos para prevenir las consecuencias de las malas prácticas llevadas a cabo por las Entidades Bancarias y, llegado el caso, para efectuar las correspondientes reclamaciones judiciales y extrajudiciales. Como ejemplos, hipotecas m
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Extracto del artículo publicado por @kurioso en vozpopuli.com Un vídeo de una pareja saliendo juntos del aseo de un avión se convierte en viral en todo el mundo. Ninguna televisión o medio censura sus caras porque sus gestos ayudan a dar mayor hilaridad a la noticia. Si la pareja se escondió de alguien, ese alguien ya les habrá reconocido... y a todo el mundo esto le parece normal. El caso es que la Ley SIEMPRE protegería a los protagonistas en caso de denuncia. Y si esta pareja lo hiciera se
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Para que toda pena no sea violencia de uno o de muchos contra un particular ciudadano, debe esencialmente ser pública, pronta, necesaria, la más pequeña de las posibles en las […]
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Capacidad de trabajo
10/26/2016
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Somos procuradores con la experiencia necesaria para encargarnos de cualquier proceso judicial donde se vea involucrado, ya sea civil, penal o laboral entre otros. Con nosotros no perderá tiempo en los trámites de estos procesos, que pueden resultar costosos. Cualquier duda que tenga sobre nuestros servicios o como podemos ayudarle, se la resolvemos y nos pondremos a su disposición si nos necesita. Somos profesionales y serios con nuestro trabajo. Llámenos ahora el 958 255 734 o al 655 640 691
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1. ¿DE QUÉ HABLAMOS? Se trata de aquellos actos administrativos que modifican, sustituyen o eliminan una resolución anterior emanada de la propia Administración. El objeto de la emisión del acto de revisión no es otro que dar respuesta a razones de oportunidad o de interés público. La Administración tiene la obligación de revisar actos que […] La entrada 6 preguntas sobre la Revisión de Actos Administrativos aparece primero en Beta permanente.
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El proceso de Notificación de un Acto o Resolución Administrativa, aunque aparentemente secundario, es de vital importancia para la eficacia de lo notificado. Cuando el art. 59 de la LRJAP-PAC habla de la práctica de la notificación la está considerando como un acto, como algo que se hace en un lugar determinado y en una […] La entrada La Notificación en el Procedimiento Administrativo aparece primero en Beta permanente.
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Derecho Civil
11/17/2015
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La Firma Abogados&Consultores Acción Legal, SL presta asesoramiento en todas las materias propias del Derecho Privado, el cual constituye la base de las principales instituciones del ordenamiento jurídico español. Se abordan a través de este departamento todas las relaciones jurídico-privadas que se encuentran presentes en todos los actos, contratos y negocios, en el día a día, en un mundo cada vez más complejo y en continuo cambio. Nuestras áreas de práctica en materia civil son las siguientes
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DERECHO INMOBILIARIO
03/24/2015
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Definido jurídicamente como aquella rama del Derecho Civil, con contenido especial pero de ámbito general, que regula de forma íntegra todo lo relacionado con la actividad inmobiliaria (derechos reales, hipoteca, registro), el Derecho Inmobiliario abarca una infinidad de casos prácticos y materias. Entre ellas hallamos lo que, en los últimos años, ha pasado a convertirse en motor de nuestra economía, siendo, en este sentido, objeto de constantes cambios legislativos. De repercusión social y med
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Romero Gallo Abogados
03/24/2015
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El despacho de Romero Gallo Abogados, se ubica en Las Palmas de Gran Canaria, dando servicio a toda la Isla. Contamos con los mejores letrados trabajando en nuestro despacho, para poner a su disposición todo lo que necesita, para resolver cualquier asunto que tenga que ver con el Derecho de Familia, en el que se incluye y somos especialistas en divorcios, separaciones y matrimonios, así como en el Derecho Laboral, incluyendo casos como incapacidades, despidos, jubilación, maternidad, convenios l
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“Ab insomne non custita dracone” (“Para ejercer de custodio, el dragón debe permanecer insomne”) La publicidad en Internet es una actividad que atraviesa fronteras y afecta de forma íntima a la capacidad volitiva decisoria de las personas a la hora … Leer más »
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Logo Familiarizando Derecho
05/12/2021
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La jurisprudencia es una fuente del Derecho poco utilizada en nuestro entorno académico para la enseñanza de la ciencia jurídica. Es ante ello que surge la necesidad de reformular el paradigma académico acentuado en nuestro país, con respecto al uso unitario de la doctrina, como exclusivo medio de enseñanza de las instituciones jurídicas. El estudio doctrinario del derecho de sucesiones, al igual que las demás disciplinas del derecho, necesita ser complementado con los criterios adoptados por los magistrados de nuestros tribunales de justicia sobre cada una de las figuras legales recogidas por nuestro código civil que regulan el derecho sucesorio.
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Es complicado estudiar una materia o institución jurídica sin previamente no haber examinado detenidamente la legislación que regula a dicha disciplina en la que enfocamos nuestro estudio. Las normas jurídicas pasan al igual que el tiempo, por ello es necesario actualizar y adaptar las normas a la realidad que se afronta hoy en día. El derecho de sucesiones es tratado de manera normativa en nuestro sistema jurídico a través del código civil de 1984, siendo más específicos en el libro IV del referido cuerpo legal. El derecho sucesorio es una de las ramas que forman parte del derecho civil extrapatrimonial, dentro del cual también encontramos al derecho de familia, institución jurídica que se relaciona de manera directa con las figuras sucesorias, siendo importante primeramente haber conocido las instituciones familiares para posteriormente comprender de manera más integra todo lo concerniente al derecho de sucesiones, el cual empieza a ser estudiado obviamente a través del análisis de las normas jurídicas que lo regulan.
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El derecho procesal del trabajo constituye todo el cuerpo adjetivo de normas que regulan los procesos que se tienen que llevar a cabo en la vía judicial cada vez que se presente algún conflicto entre los sujetos que intervienen en la relación laboral. En nuestro país el derecho procesal laboral es regulado por la ley N° 29497 (nueva ley procesal del trabajo), aplicable de manera progresiva en los distritos juridiciales de nuestro país. En ese orden de ideas, la presente obra busca brindar a su lector una actualización de las principales normas jurídicas que hoy en día rigen el derecho procesal del trabajo en el Perú.
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Modificación en las contrataciones laborales.
12/05/2017
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Si está buscando un abogado para que le asista en cuanto a alguna cuestión de tipo legal, desde nuestro equipo de MURCIA podemos asistirle. Posteriormente le explicamos los ámbitos más relevantes en las que realizamos tareas, por lo que puede proseguir leyendo si está interesado.Prestamos ayuda en asuntos de Derecho Civil. Es una faceta muy extensa que incluye asuntos de diveresas características. Por poner un ejemplo nos encontramos el nombrado Derecho de familia, que se relaciona a uniones m
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Comunicación oral del X Congreso (Inter)Nacional de Psicología Jurídica y Forense. Sevilla, del 25 al 27 de mayo de 2017.
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Comunicación oral del X Congreso (Inter)Nacional de Psicología Jurídica y Forense. Sevilla, del 25 al 27 de mayo de 2017.
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