Para los TSJ en lo Social los documentos electrónicos no son documentos (y así no aceptan recursos)

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A lo largo de los años he ido recopilando información sobre como tratar y aportar la prueba electrónica en procedimientos judiciales en España.
Una de las conclusiones más importantes sobre prueba electrónica es que, a mi juicio, todo archivo con datos digitales, desde la aprobación de la Ley de Firma Electrónica, es un documento electrónico y su tratamiento procesal deberá ser consecuente con esa consideración.
Para ello basta leer los artículos 3.5 y 3.7 de la Ley 59/2003 de Firma Electrónic

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David Maeztu
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Title Para los TSJ en lo Social los documentos electrónicos no son documentos (y así no aceptan recursos)
A lo largo de los años he ido recopilando información sobre como tratar y aportar la prueba electrónica en procedimientos judiciales en España.
Una de las conclusiones más importantes sobre prueba electrónica es que, a mi juicio, todo archivo con datos digitales, desde la aprobación de la Ley de Firma Electrónica, es un documento electrónico y su tratamiento procesal deberá ser consecuente con esa consideración.
Para ello basta leer los artículos 3.5 y 3.7 de la Ley 59/2003 de Firma Electrónic
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Tags procesal, abogados, normas, derecho, absurdo

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Identifier 1606028057225
Entry date Jun 2, 2016, 7:51 AM UTC
License Creative Commons Attribution Non-Commercial Share Alike 3.0

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Author. Holder David Maeztu. Date Jun 2, 2016.


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