ACREDITACIÓN DEL PROCURADOR. EL APODERAMIENTO APUD ACTA
12/09/2012
1212092812310

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De acuerdo con el artículo 24 de la LEC aquel que interviene en nombre de otro en un procedimiento como Procurador debe hacerlo en virtud de un apoderamiento debidamente acreditado. El apoderamiento es aquel acto por el cual una persona faculta al Procurador para que realice válidamente todos los actos relativos a la tramitación de un procedimiento judicial. El poder para pleitos se puede otorgar bien con autorización notarial, bien con autorización del Secretario judicial.
En el artículo 24 de

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derecho procesal
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Ignacio Yusty Pazos
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Title ACREDITACIÓN DEL PROCURADOR. EL APODERAMIENTO APUD ACTA
De acuerdo con el artículo 24 de la LEC aquel que interviene en nombre de otro en un procedimiento como Procurador debe hacerlo en virtud de un apoderamiento debidamente acreditado. El apoderamiento es aquel acto por el cual una persona faculta al Procurador para que realice válidamente todos los actos relativos a la tramitación de un procedimiento judicial. El poder para pleitos se puede otorgar bien con autorización notarial, bien con autorización del Secretario judicial.
En el artículo 24 de
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Entry date Dec 9, 2012, 6:41 PM UTC
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Author. Holder Ignacio Yusty Pazos. Date Dec 9, 2012.


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