El título constitutivo de la propiedad por pisos o locales describirá, el inmueble en su conjunto, pero también va a describir cada uno de aquéllos a los que se les va a asignar un número correlativo. La descripción del inmueble deberá centrarse en los servicios e instalaciones con que cuente, así como la de cada piso o local, deberá hacerlo en relación a su extensión, linderos, planta en la que se hallare y los anejos, tales como garaje, buhardilla o sótano.
Asimismo, el apartado segundo del a
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