Aquel que ejerce como adoptante, ejerce por lo tanto como padre, y por ello, recibe todas las obligaciones de éste. La idoneidad de los adoptantes es una pieza angular, tanto en derecho interno como internacional. Según la Ley de Adopción Internacional, se entiende por idoneidad la capacidad, aptitud y motivación adecuadas para ejercer la patria potestad, atendiendo a las necesidades de los niños adoptados.
En 1989, se produjeron una serie de reformas en el Código Civil. La primera de ellas, la
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