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1326 results found for tag:"propiedad intelectual".
Uno de los problemas más habituales en los conflictos sobre la titularidad de un software, o el nivel de desarrollo del mismo, es que una de las partes, en general el cliente, no tiene muchas posibilidades de acreditar el estado del programa de ordenador o las similitudes con otro, ya que dos programas externamente pueden ser en apariencia similares o realizar la misma tarea de una forma similar y sin embargo estar programados de forma completamente diferente. Hay que tener en cuenta que para o
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A raíz de las noticias en relación a la reforma de la propiedad intelectual y, en particular, la medida por la que se regula la comunicación pública por agregadores de fragmentos de contenidos, surge la duda de qué pasa con aquellos que hubiesen sido puestos en internet con una licencia Creative Commons. La duda viene porque con las licencias Creative Commons se concede una cesión del derecho de comunicación pública que permite que terceros pongan mi obra o contenido en su sitio web. Resulta,
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la suidad
11/01/2013
Recojo el guante que me arroja mi amigo Roberto Santos, para hablar de uno de los temas que más me gustan, que es la fundamentación de la propiedad intelectual. Y cuando digo fundamentación, me refiero a ir a los orígenes históricos de la misma y contemplar su posterior evolución, para, por un lado, entender su actual configuración, pero, sobre todo, por otro lado, reflexionar sobre su futura regulación. Y como conviene empezar por el principio, traigo aquí lo que fue el tema principal de mi te
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A este paso se va a convertir en una profesión de riesgo mantener un dominio ".es" Si ya ha habido polémica por la normativa sobre cancelación de dominios ".es" y su aplicación a casos como "sareb.es", la propuesta de modificación de la Ley General de Telecomunicaciones (pdf) viene a añadir una nueva amenaza frente a la titularidad de los dominios ".es" Dentro de las modificaciones que la LGTel introduce en la LSSICE, Ley 34/2002, y que en materia de publicidad cookies y spam ya se comentó en
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EL ARTE CALLEJERO Y EL GRAFFITI
04/08/2013
El arte callejero y el graffiti desde el punto de vista de la propiedad intelectual
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La gastronomía y el arte culinario desde la perspectiva de la propiedad intelectual.
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Los derechos morales en propiedad intelectual son irrenunciables e inalienables y gozan del mayor de los respetos, siendo incluso algunos de ellos intransmisibles, por eso, los asuntos que alcanzan a tener un recorrido judicial son especialmente interesantes, o a mi me lo parecen, porque marcan y definen límites a cuestiones que parecen ser claras. Los derechos morales sobre las obras se establecen en nuestra Ley de Propiedad Intelectual (LPI) en el artículo 14: "Corresponden al autor los sigui
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Coincidieron ayer 15 de marzo dos sentencias del Tribunal de Justicia de la UE que respondían a cuestiones prejudiciales muy relacionadas entre sí, puesto que afectaban a la comunicación pública de fonogramas por empresarios, y que aportan luz sobre la cuestión de qué debe considerarse comunicación pública a los efectos del pago por la misma a los titulares de derechos. Por un lado tenemos<http://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&amp;docid=120443&amp;pageIndex=0&amp;doclang=ES&am
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Mientras esperamos la aprobación en funciones del Reglamento de la Ley Sinde, previsto para mañana, se conoce<http://curia.europa.eu/jurisp/cgi-bin/form.pl?lang=es&amp;jurcdj=jurcdj&amp;newform=newform&amp;docj=docj&amp;docop=docop&amp;docnoj=docnoj&amp;typeord=ALLTYP&amp;numaff;=&amp;ddatefs=17&amp;mdatefs=11&amp;ydatefs=2011&amp;ddatefe=24&amp;mdatefe=11&amp;ydatefe=2011&amp;nomusuel;=&amp;domaine;=&amp;mots;=&amp;resmax=100&amp;Submit=Rechercher> la importante sentencia (asunto 70/2010) del T
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La<http://derechoynormas.blogspot.com/2011/10/juzgado-de-lo-penal-venta-de-copias.html> Ministra de Cultura manifiesta que confía en que el Reglamento, que debe desarrollar la conocida como Ley Sinde, pueda aprobarse antes de la convocatoria de las elecciones. El gobierno, quien tiene la competencia legislativa reglamentaria, cesa, según<http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/constitucion.t4.html#a101> el artículo 101 de la Constitución, tras la celebración de elecciones, por lo que es p
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Los compañeros<http://derecho-internet.org/node/565> David Bravo y Javier de la Cueva han hecho pública la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que confirma la<http://responsabilidadinternet.wordpress.com/resol_jud/resol_jud/sentencia_jm6_indice-web-com/> sentencia del juzgado de lo mercantil de número 6 de Barcelona, por la que se declaró que el sitio www.indice-web.com no vulneraba la propiedad intelectual por la mera provisión de enlaces. Desde el punto de vista del razonamiento
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A raíz del escándalo desatado en<http://es.wikipedia.org/wiki/Operaci%C3%B3n_Saga> relación a la operación SAGA, que ha afectado a la principal entidad de gestión española SGAE, han surgido algunas preguntas sobre la responsabilidad y los medios de control de estas entidades, que tienen una particular naturaleza (privada pero de interés público) y una concreta misión (recaudar los derechos para los autores y otros titulares de derechos). En principio, lo lógico es pensar que quien tiene las facu
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Acompaño la presentación realizada para el curso sobre<http://www.execed.ie.edu/law/ProgramasAbiertosDetalle.aspx?id=96> Derecho del Entretenimiento organizado en el IE Law School sobre la Ley Sinde. Se describen las modificaciones legales que supone, el alcance de las mismas, el procedimiento previsto por la normativa (a resultas de la aprobación definitiva del Reglamento de desarrollo) y las cuestiones que plantean problemas para su aplicación práctica o su entrada en nuestro ordenamiento jurí
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El P2P es legal
04/18/2011
Un juez de Barcelona acaba de<http://estaticos.elmundo.es/documentos/2010/03/13/sentenciaelrincondejesus.pdf> desestimar la demanda interpuesta por la SGAE contra el administrador de<http://www.elrincondejesus.com/> www.elrincondejesus.com, un sitio web que contiene enlaces P2P. La sentencia no es del todo novedosa en cuanto al fondo, pero sí en cuanto a su contenido, dado que el juez tiene el detalle de argumentar y explicar adecuadamente la problemática, entrando además en el tema desde dos ve
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La anulación del canon digital
04/18/2011
Una sentencia de la Audiencia Nacional ha anulado la orden que regulaba la aplicación del llamado "canon digital". La sentencia no supone la desaparición del canon sobre determinados soportes, aunque no se aplicará a determinados soportes hasta que no se dicte una nueva orden conforme a Derecho. Mientras tanto, volvemos al régimen establecido en el año 2006 con tarifas distintas y algunos soportes sobre los que no se aplicará el canon transitoriamente. Mi análisis en el blog<http://descargalegal
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La Audiencia Provincial de La Rioja<http://derechoynormas.blogspot.com/2009/04/la-sgae-y-el-teatro-y-cuando-no-hay-que.html> ha ratificado la sentencia del Juzgado de lo Mercantil de Logroño por la que se exoneraba de pagar a una entidad por las obras de teatro que los propios autores habían inscrito y representado en el certamen. La Audiencia ratifica que cuando el autor de la obra acepta las bases para participar en el encuentro está de acuerdo en las condiciones, y cuando estas lo expresen, t
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La GPL, Google, Bionic y Android
03/22/2011
Desde hace unos días se viene discutiendo una cuestión que afecta a los "header files" o archivos cabecera del kernel de Linux,<http://www.gnu.org/licenses/gpl.html> la licencia GPL y el uso que de los mismos hace Google para el desarrollo de Android. Algunos han sacado conclusiones abolutamente, a mi juicio, desenfocadas,<http://www.itworld.com/open-source/140667/helpful-lawyers-think-google-stole-linux-code> como quienes dicen que Google está robando el código de Linux Incluso<http://www.elpai
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<http://derechoynormas.blogspot.com/2011/03/sentencia-elrincondejesus-como-afecta.html>Vista la situación de las webs con enlaces a archivos P2P, es necesario pensar en como queda la cuestión respecto de las webs con enlaces a o con archivos en descarga directa (DD) El segundo tipo de webs, aquellos que almacenan los archivos directamente en sus servidores tienen, por razones evidentes poco recorrido jurídico (existe comunicación pública), siendo excepciones entre lo que se conoce como webs de e
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Están produciéndose interesantes fallos en el Tribunal de Justicia de la UE en materias relacionadas con las nuevas tecnologías y la propiedad intelectual. En este caso se trata de un asunto muy interesante sobre la protección del software y sobre los derechos de gestión colectiva obligatoria así como la naturaleza como obra protegible por propiedad intelectual de la interfaz de usuario de un programa resuelta en la<http://curia.europa.eu/jurisp/cgi-bin/form.pl?lang=es&amp;alljur=alljur&amp;jurc
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