Como continuación a los artículos anteriores sobre algunos aspectos de propiedad intelectual en las redes sociales, en general, y en Twitter, en particular, quiero tratar una cuestión que, quizás, es previa a las demás, y que surge de forma recurrente.
¿Puede ser un tuit objeto de propiedad intelectual? Suelen darse dos respuestas: "Sí, siempre que sea original" y "No, porque es demasiado breve" (para ser original) y por tanto no sería susceptible de protección.
He querido tantear (sé que no e
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