Según el artículo 71 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social [ se constituirá el Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia, con funciones de estudio y análisis, y con capacidad para elevar propuestas de actuación, en materia de lucha contra el racismo y la xenofobia].
Dicho esto, cabe decir que el Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia, depende de la Secretaría General de Inmigración y Emigrac
All rights reserved