La disposiciones a favor del nasciturus se encuentran recogidas en la l ey 154 de la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.
Empieza el artículo nombrando las disposiciones a título lucrativo, por actos inter vivos o mortis causa. Éstas, pueden hacerse a favor del concebido, e incluso a favor de los hijos aún no concebidos de persona determinada que viva al tiempo de la donación o al de la muerte del testador.
Continúa la ley 154 diciendo que [cuando se trate de disposiciones por actos
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