Es común cuando hablamos de medios de defensa en cualquier área del Derecho, recurrir a uno de los principios generales del Derecho, que aluden a la prioridad por temporalidad “prior in tempore, protor in iure” que significa, el que es primero tiempo es primero en derecho y que sujeta cualquier controversia a someterse al juicio arbitral del tiempo, de tal forma que el que puede acreditar la antigüedad en el conocimiento del hecho o en el hecho mismo es quien tendrá prioridad legal.
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