En el matrimonio, entre los cónyuges y, en ocasiones, también con terceros, se producen una serie de relaciones económicas. La pareja tiene un patrimonio y debe ser administrado. Es lo que se conoce como el régimen económico matrimonial. En España, este régimen puede ser de dos clases, que nuestros abogados le detallan a continuación:
Régimen económico de separación de bienes. Regímenes en los que los bienes son de cada cónyuge, no hay bienes comunes, y cada uno tiene la propiedad de sus propia
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