En los juicios por delitos contra la libertad y la indemnidad sexuales es bastante frecuente que la declaración de la víctima sea la única prueba que existe sobre la culpabilidad de un acusado. El Tribunal Supremo tiene establecido en la jurisprudencia que tal declaración puede ser prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia siempre y cuando reúna tres requisitos:
1) Verosimilitud.
2) Ausencia de incredibilidad subjetiva.
3) Persistencia en la incriminación.
Por su
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