Con estas decisiones, y muy especialmente con la del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de fecha 4 de mayo de 2017, cesa la avalancha de problemáticas jurídicas y políticas en torno a la errónea denominación de <zonas internacionales neutras o libres de jurisdicción> planteada por el catedrático Alejandro del Valle Gálvez y queda establecido con meridiana claridad, la premisa de que <los aeropuertos de los Estados miembros forman parte del territorio de la Unión>, con lo cual queda demostrado que la ciudadana Vicepresidente de la República Bolivariana de Venezuela, ingresó en territorio de España, miembro de la Unión Europea, a pesar de las sanciones europeas que obligaban a España a impedir «la entrada y el tránsito» de la dirigente venezolana.
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