El término comunal es una realidad muy compleja en España, pues su evolución y regulación legal es diferente en los distintos territorios nacionales, sin que esa diferencia resulte exclusivamente de las Comunidades históricas al amparo de la CE (Galicia, País Vasco y Cataluña).
En la mayoría de los estudios que he leído sobre los montes comunales/vecinales, datan su origen a mediados del siglo XIX, en concreto, con la desamortización de Madoz (la primera, de Mendizábal no afectó a los bienes de
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